Red Nacional de Servicios de Salud

Derechos y Deberes de los/as Médico/as

Derechos de los/as Médico/as

A continuación, se mencionan los derechos más que tienes los Médicos/as, los mismos pueden variar según la legislación y regulaciones específicas de cada país:

a) Una remuneración justa.
b) Un trato digno del paciente, los familiares de este y la comunidad.
c) Trabajar en condiciones adecuadas para el desempeño de sus funciones.
d) Ejercer la profesion en forma libre y sin presiones.
e) Que se respete su criterio medico, diagnostico y terapeutico y su libertad prescriptiva, asÌ como su probable decision de declinar la atencion de algun paciente, siempre que tales aspectos se sustenten sobre bases Èticas, cientÌficas y protocolos vigentes.
f) Recibir capacitación y actualización de su institución.

 

 

Deberes de los/as Médico/as

Son deberes del profesional médico:

a) Cumplir con los principios eticos de la Declaracion de Ginebra, aprobados por la Asociacion Medica Mundial.
b) Estar inscrito en el Colegio Medico de Bolivia.
c) Colaborar a las autoridades del Sistema Nacional de Salud en caso de epidemias, desastres y emergencias.

 

 

d) Respetar el consentimiento expreso del paciente, cuando rechace el tratamiento u hospitalizacion que se le hubiere indicado.

 

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e) Guiarse por protocolos oficiales cumpliendo con normas tecnicas establecidas por el Ministerio del area de Salud.
f) En caso de urgencia ningun medico, centro de salud, hospital o clÌnica podra negar su atencion basica.
g) Brindar atencion cuando una persona se encuentre en peligro inminente de muerte aun sin el consentimiento expreso.
h) Otorgar los beneficios de la medicina a toda persona que los necesite, sin distincion alguna y sin mas limitaciones que las señaladas por Ley.
i) Informar al paciente, o responsables legales, con anterioridad a su intervencion, sobre los riesgos que pueda implicar el acto medico.

 

 

 

j) Cumplir con el llenado de los documentos medicos oficiales señalados en la presente Ley.

 

 

 

 

 

k) Guardar el secreto medico, aunque haya cesado la prestacion de sus servicios.

 

 

 

 

 

l) Capacitacion medica continua, para ello deberan someterse a los programas de capacitacion y actualizacion periodica de conocimientos que definira el Estado boliviano en forma obligatoria.

 

 

 

 

 

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